Devolución del saldo a favor de renta
Si te retuvieron impuesto de renta, puedes pedir a la DIAN el saldo a favor, aunque no estuvieras obligado a declarar. Nosotros preparamos la declaración, la presentamos y pedimos tu saldo.
- Preparar es gratis
- Presentamos por ti
- No pagas hasta que la DIAN te pague
Lo que debes saber
- Si resides en Colombia, no estabas obligado a declarar y te practicaron retenciones, puedes presentar la declaración de forma voluntaria.
- El saldo a favor se puede pedir dentro de los 2 años siguientes al vencimiento del plazo para declarar.
- La DIAN suele tener 50 días hábiles para responder una solicitud completa.
- Cuánto sería el saldo se ve al hacer tu declaración, y lo decide la DIAN.
Fuente: Estatuto Tributario, art. 6 y art. 854.
Qué hacemos por ti
- Revisamos tu certificado de ingresos y retenciones.
- Preparamos la declaración y la solicitud y las presentamos por ti.
- Te explicamos qué sigue.
Cuánto cuesta
10 % de lo que la DIAN te pague. Se cobra después de que la DIAN te pague. Cómo se cobra.
Lo que no incluimos
- Garantizar que se apruebe, un valor o una fecha.
Preguntas frecuentes
¿Debo estar obligado a declarar?
No. Si no lo estabas y te practicaron retenciones, puedes declarar de forma voluntaria para pedir el saldo.
¿Hasta cuándo puedo pedirlo?
Dentro de los 2 años siguientes al vencimiento del plazo para declarar.
¿Cuánto me devolverán?
Lo decide la DIAN, y no prometemos un valor ni una fecha. Puedes ver un estimado gratis antes de empezar.
¿Hacemos tu declaración?
Preparar es gratis y no pagas hasta que la DIAN te pague.
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